El Supremo revoca la condena a José Antonio del Olmo y reconoce como lícita su actuación al alertar sobre posibles pagos vinculados a Villarejo.
Escuchar este artículo Voz: Antonio · AutoNews24

El Tribunal Supremo ha revocado la condena impuesta al exdirectivo de Iberdrola José Antonio del Olmo por vulnerar secretos empresariales. La Sala considera lícita su actuación como alertador de posibles irregularidades en los pagos realizados a empresas vinculadas al excomisario José Manuel Villarejo.

La sentencia, fechada el pasado 9 de septiembre, anula las decisiones anteriores del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao y de la Audiencia Provincial de Bizkaia, que habían dado la razón a Iberdrola.

El alto tribunal aplica al caso la directiva europea para la protección de las personas que informan sobre posibles infracciones, conocida como Directiva Whistleblowing. La resolución refuerza la protección de quienes revelan irregularidades empresariales cuando existen sospechas razonables sobre su posible existencia.

Iberdrola acusó al exdirectivo de revelar información reservada

Iberdrola sostenía que Del Olmo se había apropiado de información secreta relacionada con la seguridad de la compañía y que comenzó a divulgarla públicamente en octubre de 2019.

El exdirectivo, que era responsable de Control Corporativo de la energética, había depositado ante notario en diciembre de 2004 un documento en el que advertía sobre posibles irregularidades en pagos efectuados a Casesa y Cenyt, compañías vinculadas a Villarejo.

Junto con ese documento fueron entregadas nueve facturas. Iberdrola sostiene que el informe depositado ante el notario es falso y que habría sido elaborado por el propio Del Olmo.

A principios de 2020, la compañía inició acciones legales contra su antiguo responsable por la supuesta utilización y posterior divulgación de información empresarial reservada.

El juzgado mercantil determinó inicialmente que había existido una vulneración de secretos empresariales. Posteriormente, la Audiencia Provincial de Bizkaia confirmó la decisión.

El Supremo reconoce su actuación como alertador

El Tribunal Supremo ha corregido ahora el criterio de las instancias anteriores y ha declarado lícita la actuación de Del Olmo como alertador de irregularidades.

La Sala considera relevante que el exdirectivo desempeñara funciones de control dentro de la empresa y que no actuará de forma aislada al conservar y depositar las facturas ante notario.

“Si un trabajador, que ejerce como ‘controller’ en una empresa, no solo guarda unas facturas, sino que además, con otros compañeros, las deposita en una notaria, es porque aprecia determinadas irregularidades”, señala la sentencia.

El Supremo concluye que su comportamiento puede quedar protegido por la normativa europea, aunque ya no trabajará para Iberdrola cuando la información adquirida relevancia pública.

No era obligatorio denunciar primero dentro de Iberdrola

La resolución aclara que la protección establecida por la Directiva Whistleblowing no exige que el denunciante siga trabajando para la compañía cuando comunica los hechos.

Tampoco obliga a utilizar primero los canales internos de denuncia. El Supremo recuerda que una de las razones para proteger otras vías de comunicación es, precisamente, el temor de los trabajadores a sufrir represalias profesionales.

Para acogerse a esta protección basta con que el alertador tenga motivos razonables para pensar que se han producido infracciones reales o que podrían producirse.

Este criterio resulta relevante para futuras disputas entre empresas y trabajadores que acceden a documentos reservados durante el ejercicio de sus funciones y los utilizan posteriormente para comunicar posibles irregularidades.

La causa sobre los contratos vinculados a Villarejo

Las actuaciones de Del Olmo están relacionadas con la investigación de los contratos suscritos con empresas vinculadas al excomisario José Manuel Villarejo.

En 2024, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, María Tardón, acordó abrir juicio oral contra Villarejo, su socio Rafael Redondo y el exjefe de Seguridad de Iberdrola Antonio Asenjo.

Los acusados ​​deberán responder por presuntos delitos de cohecho, revelación de secretos y falsedad en documento mercantil.

Anteriormente, en octubre de 2023, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó un recurso de la Fiscalía Anticorrupción y confirmó el sobreseimiento libre para el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán.

La resolución situó, no obstante, a Iberdrola ya la Administración como posibles responsables civiles subsidiarios dentro del procedimiento.

La nueva sentencia del Supremo no resuelve el fondo de aquella causa penal, pero sí establece que Del Olmo actuó legítimamente al comunicar las irregularidades que creía haber detectado.

AN
AutoNews24 · Asistente IA En línea
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